Blog 19 de agosto de 2026
Grabar sesiones: qué consentimiento necesitas y qué pasa con el audio
Por qué el consentimiento clínico y el de datos no son el mismo, qué exige la LFPDPPP para datos sensibles, y por qué guardar el audio para siempre es mala idea.
LFPDPPP · Consentimiento · Datos sensibles
Grabar una sesión de psicoterapia es tratar datos personales sensibles. Eso cambia el régimen aplicable, y conviene saberlo antes de pulsar el botón, no después.
Son dos consentimientos, no uno
Se confunden con facilidad porque suelen firmarse a la vez:
- El consentimiento clínico, sobre la intervención terapéutica.
- El consentimiento para el tratamiento de datos, que regula la LFPDPPP.
Grabar toca los dos. Y el segundo tiene un requisito que el primero no: cuando hay datos personales sensibles de por medio, la ley exige consentimiento expreso y por escrito. No basta el consentimiento tácito.
Por qué los datos de salud mental son sensibles
La LFPDPPP define como sensibles los datos que afectan a la esfera más íntima del titular, o cuya utilización indebida pueda dar origen a discriminación o conlleve un riesgo grave. Menciona expresamente el estado de salud presente y futuro.
Todo lo que registras sobre un paciente entra ahí. No es una interpretación forzada: es el supuesto central de la norma.
Qué hay que poder demostrar
Que el paciente firmó no es suficiente. Hay que poder demostrar qué firmó.
Los avisos y consentimientos se actualizan. Si dentro de dos años cambias tu aviso de privacidad, tienes que poder decir qué versión estaba vigente cuando aquel paciente consintió. Eso significa guardar el documento versionado, la fecha de firma y algún sello que ate una cosa con la otra.
Y el consentimiento se puede revocar. Un sistema que no contempla la revocación te deja sin respuesta cuando llegue.
El audio no debería vivir para siempre
Aquí va una recomendación que va contra el instinto de acumular: no guardes el audio indefinidamente.
La transcripción, una vez revisada y volcada al expediente, cumple la función clínica. El audio original es un dato sensible en bruto, y cada mes que lo conservas es un mes más de exposición sin contrapartida.
Lo razonable es una política de retención explícita y una purga automática. No porque alguien lo exija con un plazo concreto, sino porque el principio de proporcionalidad de la LFPDPPP apunta justo ahí: trata los datos que necesitas, el tiempo que los necesitas.
Y si el audio se conserva, que sea cifrado en reposo. No es un extra de gama alta: es lo mínimo para información de salud.
Lo que no cambia
El consentimiento es un paso más en la primera cita. Ocupa tiempo y hay que explicarlo.
Cualquier herramienta que te ofrezca grabar sesiones sin mencionarte esto te está simplificando el problema para venderte más fácil.
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